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Uso de suelo en Santo Domingo


2013-02-06

Uso de suelo en Santo Domingo

Cuando hacemos alusión al término "uso de suelo", nos referimos a los diferentes usos que el hombre da al suelo de acuerdo al lugar donde se encuentre y a su tipo. No es lo mismo construir en una zona rural que en zona urbana. Menos del 30% de la superficie de nuestro planeta es tierra, pero no toda puede ser utilizada por los humanos, motivo por el cual constituye un recurso natural valioso y sometido, en muchas partes del mundo, a una notable presión. En consecuencia, es importante tener una visión correcta del uso que se le está dando a un espacio concreto y de si éste es el más apropiado.

En la República Dominicana al igual que ...
en otros países existe una reglamentación para uso de suelo a cargo del ayuntamiento, la misma estipula cuáles son las zonas idóneas para construir, cuántos niveles son permitidos y qué tipo de comercio se admite por zona.

En enero del 2011 fue aprobada una ordenanza que puso en vigencia un aumento en el arbitrio de uso de suelo así como aumentos de tasas y arbitrios para las construcciones en la ciudad.

La ordenanza, que forma parte de la reforma tributaria del ADN, establece tasa cero para las propiedades del Gobierno Central, el Distrito Nacional, las embajadas y consulados acreditados en el país, además de las iglesias, organismos y agencias de cooperación internacional.

Solares. Para los solares de uno a 200 m2, la ordenanza municipal impone una tasa por servicios de RD$750 por solar; de RD$1,500 para solares de 201 a 400 m2; de RD$3,000 para solares de 401 a 600 m2; de RD$4,500 para solares de 601 a 1,000 m2. Los solares de 1,000 a 2,000 m2 pagarán RD$6,000, y de más de 2,000 m2 pagarán RD$7,500. En uno de sus párrafos, la ordenanza señala que según la Ley 675, se pagará adicionalmente RD$300 por kilómetro lineal de calle.

Viviendas. Para viviendas unifamiliares de uno hasta 150 m2, la ordenanza municipal manda el pago de RD$18,000 por unidad; de 151 a 300 m2, RD$30,000; de 301 a 500 m2, RD$60,000; de 501 a 600 m2, RD$150,000; y de 601 m2 en adelante pagarán RD$200,000. Edificios de apartamentos de hasta 100 m2 pagarán RD$9,000; de 101 a 200 m2, RD$15,000 por unidad; de 201 a 300 m2, RD$30,000; de 301 a 400 m2, RD$70,000; y de 401 m2 en adelante, RD$100,000. Los moteles pagarán RD$7,500 por habitación; los aparta-hoteles RD$5,000; hoteles de hasta 25 habitaciones, RD$4,500 por habitación; y de 25 en adelante, pagarán RD$6,000 por habitación. Las discotecas y los centros nocturnos pagarán RD$1,300 por metro cuadrado.

Niveles permitidos en construcción y cómo se calculan

Polígono Central comprendido entre (Av.27 de Febrero- Av. John F. Kennedy / Av. Winston Churchill-Av. Ortega y Gasset), los niveles permitidos son los siguientes:

Niveles
Frontal
Lat. Y Post.
Altura Max.
1-4
3.00 ML + Ampliación de acera desde Contén.
2.00 ML
14 ML
5-8
3.00 ML + Ampliación de acera desde Contén.
3.00 ML
26 ML
9-+Niveles
3.00 ML + Ampliación de acera desde Contén.
4.00 ML o 3.50 ML desde el 1er. Nivel


En los niveles soterrados puede recuperar terreno cedido para la ampliación de la acera.

Uso:Consultar Res. 94/98 (www.adn.gob.do) Altura: 8 niveles + 1 nivel para parqueos.

Cada nivel soterrado adiciona 1 ½ nivel.

Densidad:1,000 hab/ha
La densidad se calcula así: Total de habitantes x 10,000 / área de solar

Total de habitantes = Densidad x área de solar / 10,000

Para más información relacionada al tema, visite www.adn.gob.do

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